El Gobierno de Navarra aprobó en la sesión de gobierno celebrada el 7 de septiembre el decreto foral que regula las condiciones de la ordenación, señalización, homologación, conservación y autorización de aquellos senderos que pasarán a formar parte de una red denominada Red Navarra de Senderos Deportivos de Uso Público.
A través del procedimiento de homologación y autorización previsto en este decreto foral, se constituirán en senderos deportivos de uso público, incorporándose a la Red Navarra de Senderos Deportivos de Uso Público, e inscribiéndose en el Registro de Senderos Deportivos de Navarra.
La administración deportiva de la Comunidad Foral será la competente en materia de senderos deportivos de uso público de Navarra. A ella le corresponde fomentar la práctica del senderismo con fines deportivos, autorizar todo tipo de senderos (GR, PR, SL); coordinar, en su caso, las actuaciones que realicen otros órganos competentes en materia de senderos, revocar la homologación y la autorización de los senderos deportivos cuando no cumplan las condiciones para las que fueron creados, y ejercer las funciones de registro de los senderos deportivos de uso público.
Son funciones propias de la Federación Navarra de Deportes de Montaña y Escalada homologar los senderos y emitir informe preceptivo y vinculante en caso de modificación de los senderos autorizados. Deberá comunicar también a la administración deportiva las incidencias de que tenga conocimiento sobre conservación y mantenimiento de los senderos.
El procedimiento de homologación y autorización de los senderos deportivos de uso público de Navarra se iniciará mediante una solicitud del promotor dirigida a la administración deportiva de la Comunidad Foral de Navarra, o bien de oficio por dicha administración.
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El Gobierno regula la creación y conservación de senderos deportivos de uso público from Gobierno de Navarra on Vimeo.