Deporte Navarro

Tauro Motor Car
05/05/2020

AVISO IMPORTANTE CONSULTAS TELEFONICAS Y CORREOS ELECTRONICOS

Debido a la gran cantidad de llamadas que estamos recibiendo y ante la imposibilidad de contestar a todas ellas, rogamos nos manden un correo electrónico al info@fnhipica.com, la consulta será contestada a la mayor brevedad posible.

 

Adjuntamos Pdf enviado por el CSD y adjuntamos anexo de la Rfhe

 

 

 

Madrid, 5 de mayo de 2020

Queridos amigos,

Adjuntamos a este correo la guía de Preguntas y Respuestas más habituales de los deportistas objeto de la Orden Ministerial del pasado 3 de mayo sobre el inicio de la vuelta a la actividad deportiva.

En ella, como comprobaréis se recogen dos de los temas más habituales sobre los que estamos recibiendo consultas.

-     De un lado, (página 4) se señala que los federados menores de 14 años SI están incluidos en el régimen del resto de federados, ya que Sanidad ha confirmado prevalece la condición de federado, por lo que no existen limitaciones respecto del resto de los demás .

-   De otro, se especifica la práctica deportiva dentro del municipio para los federados, pero se obvia la excepción que la orden hace para los deportes con animales, respecto de los que señala expresamente que se podrá realizar la práctica … en el lugar donde estos permanezcan

En este sentido, comentaros que nuestro criterio es que, aun conscientes de que es la autoridad local competente la que debe concretar esta interpretación, creemos que es, por tanto posible desplazarse a otro municipio para montar, siendo recomendable desplazarse siempre portando tanto la licencia deportiva y la comunicación de la instalación con la cita correspondiente (día, hora, etc).

Se desarrollan también otros temas que también nos están siendo consultados sobre la consideración de deportistas de alto nivel, profesionales, etc … que creemos facilitarán nuestras explicaciones.

Por último, comentaros que no se recoge nada de otra pregunta que hemos traslado al CSD y a la que todavía no tenemos respuesta sobre si los horarios que se establecen también rigen en municipios de menos de 5.000 habitantes. Cuando sepamos algo concreto lo informaremos.

Conscientes de la dificultad y urgencia de difundir e interpretar estas medidas, quedamos a vuestra disposición para lo que entendáis oportuno.

 

Fotografías